Una aportación al debate de los Tiempos Escolares: el municipio educativo de Albacete.
J. Manuel Marañón para el suplemento TE de Cantabria.
Desde hace unos años, CC OO ha venido planteando la necesidad de abrir en profundidad un proceso de debate que permita abordar una reforma de la organización de lo tiempos escolares, es decir de la jornada educativa diaria, semanal y anual. Y hablamos de jornada educativa que es un concepto mucho más amplio que el de mera jornada lectiva.
En el anterior suplemento del TE planteábamos la necesidad de que la Consejería pusiera encima de la mesa una propuesta de reforma de tiempos escolares a partir de la cuál se realizara un debate social para buscar el máximo consenso en el tema.
Desde CC OO estamos abiertos a discutir cualquier propuestas que se nos ponga encima de la mesa desde el principio de que esta propuesta se base en que el alumnado sea el centro del debate y que la reforma permita mejorar las condiciones laborales de los trabajadores/as del sector y que se avance en una mejor conciliación de la vida laboral y personal de las familias.
Como una contribución al debate queremos analizar aquí el ejemplo del municipio educativo de Albacete, experiencia que comenzó en 2004 y en la que, en estos momentos, están embarcados prácticamente todos los centros de la ciudad manchega y que se está extendiendo al conjunto de la provincia.
Insistimos, para CC OO Este es un ejemplo a seguir pero estamos abiertos a propuestas concretas que caminen en esta dirección.
La experiencia de Albacete se inicia con la cobertura legal de la Orden de septiembre de 2001 de la Consejería de Educación de Castilla la Mancha que planteaba “la autonomía de los centros educativos para definir la organización de los tiempos escolares”. Y ello con la finalidad de “mejorar la calidad educativa desde una organización más adaptada y flexible de los tiempos escolares, que permitan a los centros desarrollar su proyecto educativo como respuesta a las necesidades del contexto escolar y del alumnado y a las Intenciones explícitas en el modelo educativo”
En esa orden se aborda aun cuestión que CC OO plantea como necesaria para abordar este tema, la cuestión de la distinción de la jornada del alumnado, la del profesorado y la del Centro educativo. La Orden las define de la manera que podemos observar en el Anexo 1.
En el anexo II se detal al como se plantea la jornada a lo largo de todo el curso. Lógicamente, todo el planteamiento tiene una base amplia que es difícil extractar en un artículo, pero el proyecto esta perfectamente explicado en http://www.educacionalbacete.es/ en la “pestaña” “los tiempos escolares en el marco de una ciudad educadora”.
Nos consta que ya hay algún centro educativo de Cantabria que se ha dirigido a la Consejería de Educación con un proyecto bastante similar. Insistimos, para CC OO este es un camino a recorrer y pensamos es que estaría bien que la Consejería hiciera caso a estos proyectos que nos consta que tienen una enorme solidez.
ANEXO I
Jornada escolar del alumnado: que incluye el tiempo dedicado por él a las actividades propuestas por la Escuela u otras instituciones (con carácter educativo).
Jornada laboral del profesorado: el tiempo de docencia, tutoría, formación, coordinación pedagógica y de participación en el gobierno del centro. El tiempo de su práctica profesional.
Jornada del centro: el tiempo en el que permanece el centro abierto para el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje y el de otras iniciativas que permitan convertir a la escuela en centro de dinamización cultural y social.
ANEXO II
1. LA JORNADA ESCOLAR DEL ALUMNADO.
Tiempo lectivo o de desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje en la Escuela:
- De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
- 25 horas semanales.
- Carácter obligatorio.
* Servicios complementarios.
- Aula Matinal: de 7’30 a 9 horas, de lunes a viernes.
- Carácter voluntario.
- Comedor Escolar: de 14 a 16 horas, de lunes a viernes.
- Carácter voluntario.
* Tiempo de ocio educativo: actividades extracurriculares.
- De 16 a 18 horas, de lunes a jueves.
- Carácter voluntario.
El presente horario corresponde a los meses de octubre a mayo. Durante los meses de septiembre y junio el horario de jornada continuada será de 4 horas (de 9 a 13 horas, siendo el horario de Comedor Escolar de 13 a 15 horas). Los
servicios complementarios de Desayuno y Comedor Escolar iniciarán su actividad al inicio del curso escolar y concluirá al final del mismo.
El horario de recogida del alumnado usuario del Comedor Escolar podrá ser flexible y a partir de la finalización del período de ingesta realizada por el niño. El Desayuno Escolar se ha de contemplar como respuesta de atención a las demandas y necesidades sociales; su horario de inicio podrá variar dependiendo del contexto del centro ( iniciar su actividad a partir de las 7’30,7’45 u 8 horas) y responderá, en cuanto a su organización, a lo dispuesto en una posible normativa que lo regulará por parte de la Consejería de Educación.
La jornada continuada de mañana es la más adecuada para responder a los objetivos planteados en este proyecto. La distribución horaria, de las diferentes Áreas de Conocimiento del tiempo lectivo del alumnado y el número de sesiones, corresponderá a la toma de decisión del Equipo Docente de cada centro educativo que lo hará constar, como ANEXO, al presente proyecto.
Como principio general y propuesta psicopedagógica de distribución horaria se ha de contemplar el conjugar los tiempos acentuados con los tiempos atenuados, las áreas instrumentales con las áreas formativas, los períodos de enseñanza de aprendizaje con los de descanso (que no será superior a 30minutos a lo largo de toda la jornada). El ritmo de aprendizaje debe ser progresivo y en aumento, dada la curva de rendimiento que culmina al finalizar la mañana entre los niños de Educación Infantil y Primaria.
Dicha distribución horaria se concretará en la Programación General Anual de cada uno de los centros educativos y según la normativa legal vigente.
Dentro de la diversidad de posibilidades de distribución de los diferentes períodos lectivos o sesiones se propone, como modelo orientativo, el siguiente: dos sesiones iniciales de 60’; la realización de un taller de “desayuno
inteligente” (en la propia aula y con una programación educativa establecida) para la realización de la ingesta del bocadillo; una tercera sesión de 50’; un descanso en el patio de recreo de 30’; y finalizaría la jornada con dos sesiones de 45 minutos. La suma total, diaria, del tiempo dedicado al proceso de enseñanza y aprendizaje y el tiempo de escuela, son 300 minutos (5 horas).
Las actividades extraescolares tendrán un carácter de voluntarias, universales, subvencionadas (aquellas que suponen el pago de una parte del
coste total de las mismas y que son el resultado de la colaboración entre las instituciones, entidades y la familia para permitir su realización) o gratuitas (aquellas que su coste total es asumido por las instituciones, entidades, colectivos o monitores voluntarios). En ningún caso podrán ser motivo de discriminación alguna u objeto de negocio. Para ello los centros educativos podrán becar al alumnado con necesidades socio-económicas las actividades extracurriculares no gratuitas, a través del Plan municipal de especial atención educativa u otras subvenciones.
2. LA JORNADA LABORAL DEL PROFESORADO.
Jornada o período lectivo (tiempo de docencia y de atención al alumnado):
- De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
- 25 horas semanales.
Período no lectivo:
- 4 horas semanales, distribuidas del siguiente modo:
+ Tarde pedagógica y de acción tutorial: miércoles. (3 horas)
2 horas de coordinación pedagógica, sesión de evaluación, formación, Claustro de Profesores...
* 1 hora de atención a madres y padres (tutoría).
+ 1 hora restante a distribuir a lo largo de los siguientes días de la
semana: lunes, martes o jueves.
El presente horario corresponde a los meses de octubre a mayo. Durante los meses de septiembre y junio el horario de jornada laboral será de 5 horas continuadas (de lunes a viernes, con cuatro horas de período lectivo -de 9 a 13
horas- y una de período no lectivo -de 13 a 14 horas-).
Será el Claustro de Profesores quien tome la decisión de la distribución de esa
hora complementaria aislada y así lo hará constar, como ANEXO, al presente proyecto. Se ha tener en cuenta que existe una normativa vigente en la que no se puede fragmentar dicho período (una hora) en partes más pequeñas.
Los miércoles pedagógicos responden a una reivindicación histórica del profesorado de poder disponer de un tiempo largo y adecuado para la coordinación docente entre el profesorado y la realización de actividades de formación permanente. Por tanto, es una distribución coherente, racional y responsable con el propio desarrollo organizativo del Centro.
3. LA JORNADA LABORAL DEL SERVICIO DE CONSERJERÍA.
El Ayuntamiento de Albacete ha determinado la aplicación de un complemento de plena disponibilidad a los/as conserjes de todos los centros educativos inmersos en este proyecto. Se adjunta la propuesta realizada por la Concejala de Educación.
El proyecto Albacete, ciudad educadora supone una variación de los tiempos escolares respecto del modelo de jornada que se venía realizando, implicando ello la necesidad de incrementar considerablemente el periodo de funcionamiento diario de los Colegios Públicos de la ciudad de Albacete que se
han acogido a dicho proyecto. Esa necesidad viene determinada por acumularse la jornada lectiva por la mañana y efectuarse la actividades extracurriculares por la tarde.
Dado que el incremento del tiempo de funcionamiento de los Colegios debe efectuarse con garantías de seguridad y calidad, del mismo modo que se ha venido realizando hasta ahora en el horario lectivo, creemos que el Ayuntamiento debe seguir prestando, en dicho incremento de tiempo, los mismos servicios de mantenimiento, custodia y vigilancia que en el modelo anterior de jornada. Siendo por tanto el personal municipal que actualmente realiza esas tareas, los Conserjes, Mantenedores de Edificios Municipales, el idóneo para efectuarlas durante el tiempo de actividades extracurriculares.
En base a lo anterior, esta Concejalía propone, previas las negociaciones legalmente establecidas con los representantes de los trabajadores municipales, adaptar el horario de los Conserjes Mantenedores de Edificios Municipales adscritos a los Colegios que han aprobado el proyecto Albacete, ciudad educadora, a las necesidades horarias de dicho proyecto y de otras actividades que establezca el Ayuntamiento o los propios Colegios. Esa ordenación diferente del horario de trabajo no puede ser determinada a priori taxativamente de modo que, estaría en función de la programación de actividades, de la variabilidad de éstas y de las situaciones imprevistas derivadas de las necesidades del Servicio.
Lo anterior implicaría la posibilidad de realizar una mayor jornada respecto de la habitual, sin superar, en cualquier caso, el límite máximo legal permitido. Con ello queremos dejar claro que esta nueva ordenación del tiempo de trabajo, en ningún momento dará lugar a la realización de horas extraordinarias por parte de los Conserjes Mantenedores de Edificios Municipales, sino a una distribución variable y eficiente de la jornada de trabajo, asignando de forma óptima los recursos municipales y compensando los excesos de jornada con descansos en los periodos que el Servicio lo permita.
Para poder llevar a cabo esta nueva ordenación del tiempo de trabajo, a los Conserjes que estén adscritos a Colegios que se hayan acogido al proyecto Albacete, ciudad educadora, se les aplicará el Módulo de Plena Disponibilidad en los términos establecidos en el Catálogo de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Albacete, con efectos de uno de enero de dos mil cinco, suprimiendo para ello el actual Módulo de Jornada Partida. El exceso de jornada que se produzca durante el último trimestre del año dos mil cuatro será compensado con descansos cuando el Servicio lo permita, durante el presente año o en los siguientes, a razón de 1´75 horas de descanso por cada hora de exceso.
Con el fin de hacer viable el proyecto, los Conserjes que tengan asignado el Módulo de Plena Disponibilidad, tendrán la obligación de prestar los servicios extraordinarios en los colegios que el Negociado de Educación estime oportuno
en función de las necesidades del Servicio, y no solamente en el que están adscritos para el desarrollo normal de sus funciones, no siendo esto aplicable para el horario lectivo.
Los Conserjes Mantenedores adscritos a Colegios cuya jornada lectiva no sea continua, se les seguirá aplicando el Módulo de Jornada Partida, no obstante, si algún colegio decidiera implantar la jornada lectiva continua en los próximos
cursos, al Conserje o Conserjes adscritos al mismo les será de aplicación las condiciones laborales establecidas en los párrafos anteriores.
4. LA JORNADA DE CENTRO.
LA ESCUELA COMO ESPACIO DE DINAMIZACIÓN SOCIOCULTURAL.
- Aula Matinal (servicio complementario de atención previa):
+ De 7’30 a 9 horas, de lunes a viernes.
- Desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje (desarrollo curricular):
+ De 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
- Comedor Escolar (servicio complementario):
+ De 14 a 16 horas, de lunes a viernes.
- Tiempo de ocio educativo: actividades extracurriculares.
+ De 16 a 18 horas, de lunes a jueves.
- Tiempo a disposición de la Comunidad (actividades socioculturales):
+ Dependiendo de las actividades programadas y, previamente, autorizadas por el Equipo Directivo teniendo en cuenta las propuestas formuladas por el Consejo Escolar de Centro y el Claustro de Profesores en coordinación con el Proyecto.
sábado, 8 de mayo de 2010
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